VENTAJAS FISCALES

A continuación, mostramos las diferentes modalidades de donaciones y ventajas fiscales que se tienen al ser socio-colaborador de Fundem, apoyando nuestro programa de compra de territorio para su conservación.

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(*) Las deducciones son las previstas en la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo, modificado su porcentaje por Real Decreto Ley 17/2020, de 5 de mayo ; así como las previstas en la Ley 13/1997, de 23 de diciembre, por la que se regula el tramo autonómico del impuesto sobre la renta de las personas físicas y restantes tributos cedidos (modificada por la Ley 20/2018, de 25 de julio, de la Generalitat, del mecenazgo cultural, científico y deportivo no profesional en la Comunitat Valenciana)

PERSONAS FÍSICAS CON RESIDENCIA FISCAL EN TERRITORIO ESPAÑOL:
DONACIONESDEDUCIÓN FISCALCON TU CUOTA FUNDEM COMPRA:
Cuota anual 50 € (individual)40 € 100 m2 de terreno
Cuota anual 75 €
(familiar-2 adultos y 2 hijos menores)
60 €150 m2 de terreno
Cuota anual 300€ (protector del Jardín)172,50 €